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En construcción

Certificación Energética

Realizamos el Certificado Energético de su vivienda o local para venta o alquiler, tanto en Pamplona como en el resto de Navarra. 

Tarifas ajustadas a cada caso. Asesoramiento.

Titulación específica como Certificadores.



No dude en consultarnos sin compromiso.

¿Qué es el Certificado Energético?
Es un documento oficial obligatorio en todas las operaciones de compra-venta o alquiler de inmuebles, ya sean apartamentos, locales, viviendas unifamiliares...

Su misión es indicar el nivel de consumo de energía de dicha vivienda, local, etc, para constituir una herramienta más que nos permita valorar objetivamente la inversión económica que supone dicho bien. Por ejemplo, un edificio eficiente consumirá menos calefacción, con el consiguiente ahorro a largo plazo.

Su implantación responde a la aplicación de la Normativa Europea, cuya Directivas EPBD (Energy Performance of Buildings Directive) persigue fomentar la eficiencia energética de los edificios dentro de la UE. Dichas Directivas datan de 2002 y 2010 y, de hecho, nuestro país ha tardado más que muchos de nuestros vecinos en implantarla.

Consta de tres partes:
  • La calificación propiamente dicha, que es un valor que puede oscilar entre la A (el más eficiente) hasta la G (el menos).
  • Un análisis desglosado de las emisiones de CO2 de las diferentes instalaciones del edificio. 
  • Medidas de mejora, que el técnico tiene obligación de incluir, sugiriendo reformas que pudieran mejorar el rendimiento energético del edificio certificado.
Su interés también radica en la previsión de que, en un futuro cercano, nuestro Gobierno apruebe medidas de subvención para las mejoras de eficiencia o de sanción para aquellos edificios menos eficientes. De ahí la importancia de acudir a técnicos con formación específica, que puedan garantizarle la obtención de un certificado preciso y ajustado a su caso concreto.

¿Cual es su periodo de validez?
El Certificado tienen una validez de 10 años siempre que, en ese periodo de tiempo, no se realicen reformas importantes que pudieran hacer variar la calificación, en cuyo caso deberá repetirse.

¿Es obligatorio?
Sí, en todos los edificios, viviendas, locales, etc, de nueva construcción o en aquellos que vayan a ser objeto de una transacción de compra-venta o alquiler. 

Existen, sin embargo, algunas excepciones. Es el caso, por ejemplo, de naves agrícolas, edificios protegidos o edificios que se vayan a demoler. Si tiene dudas respecto a algún caso concreto, estaremos encantados de asesorarle. 

En caso de que se verifique el incumplimiento de la certificación, deberá abonarse una sanción, cuyo importe aún no se ha fijado.

Ya tengo mi Certificado. Y ahora ¿Qué debo hacer?
Una vez haya obtenido el Certificado por parte del técnico certificador, según ley es obligación del propietario formalizar su registro en el Gobierno de Navarra. Sin embargo, como en nuestro caso, es posible que el certificador se ofrezca a hacerlo por usted, para facilitarle la tramitación. 

La calificación debe facilitarse a la agencia inmobiliaria que se hace cargo del inmueble y debe guardarse junto con el resto de papeles del edificio.

Para más información, puede consultar la web específica del Gobierno de Navarra o del IDAE (Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía).